El pasado viernes 21 de octubre, el Boletín Oficial del Estado (BOE), publicó los formularios de trámites que deben cumplir aquellos descendientes de exiliados que desean solicitar la nacionalidad española y así poder acceder a los mismos derechos que sus connacionales. Todo ello, se podría llevar a cabo con la «Ley de la Memoria Democrática» o también popularizada, como la «Ley de Nietos».
Es importante resaltar, que en Latinoamérica existe una pequeña población de exiliados españoles. Ellos llegaron a tierras latinas, luego de acabada la Guerra Civil, es decir, de 1936 a 1939, mientras que otro grupo emigró a este continente, al comienzo de la dictadura del general Francisco Franco.
Actualmente, son miles los españoles exiliados en países de América Latina, y según señala el texto, solo podrían optar por la nacionalidad «los nacidos fuera de España de padre o madre, abuela o abuelo, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad».
Es por ello, que cada persona que quiera solicitar la nacionalidad española debe formalizar la declaración de opción en un periodo de dos años, luego de que esta ley entre en vigor, aunque el Gobierno podría prorrogar por un año más. Asimismo, esta solicitud debe ser presentada ante la Oficina General o Consular del Registro Civil, según expresa el documento publicado.
Además, cabe recalcar que la «Ley de Nietos», consiguió la aprobación del Senado español, luego de haber obtenido 128 votos a favor, 113 en contra y 18 abstenciones. Es así, como empieza a surgir una normativa que muchos esperaban realizar. Además, para presentar dichas solicitudes, primero se debe esperar a que el Ministerio de Justicia, de más detalles de la reciente ley.