Los accidentes como badante suelen ser casi habituales, sin embargo, no muchas personas conocen qué hacer en caso tengan un accidente
El trabajo como badante suele ser el más habitual en Italia, sobre todo, para los extranjeros que llegan en busca de una oportunidad para mejorar su calidad de vida, sin embargo, muchos de ellos desconocen qué acciones tomar en caso de sufrir un accidente laboral.
Para empezar, el empleado debe contar con:
- El certificado de accidente en la sala de emergencias lo más pronto posible, éste debe especificar la fecha, hora y lugar en que ocurrió el accidente y de qué forma se produjo. De esta manera, el médico que atenderá al/la paciente podrá entender si se trata de un accidente (en el lugar de trabajo o en camino hacia el trabajo) o una enfermedad (accidente que suele ocurrir en otras ocasiones), de ser así debe abrir un expediente INAIL.
- El trabajador está obligado a avisar de inmediato sobre su accidente al empleador, en caso incumpla con esta obligación y si el empleador no ha dado aviso en términos de ley (hasta 48h), la persona perjudicada pierde la oportunidad de ser indemnizado.
Por otro lado, el empleador también tiene que cumplir algunas obligaciones:
- Informar sobre el accidente al INAIL a través del formulario en papel “4 bis RA”, luego enviarlo por carta certificada a través de un correo electrónico certificado (PEC) o con acuse de recibo adjuntando el certificado de accidente.
Es importante tener en cuenta que, si el accidente no puede ser subsanado en tres días, el empleador está en la obligación de enviar el parte de accidente al INAIL (Istituto Nazionale Assicurazione Infortuni sul Lavoro) dentro de los dos días siguientes a la recepción de la sala de emergencias.
- En caso la lesión sea grave e incluso de vida o muerte, el empleador tiene que informar lo sucedido dentro de las 24 horas por cualquier medio que le permita acreditar su envío sin perjuicio de la obligación de remitir el informe en los términos y la forma Ley según el art. 53, párrafos 1 y 2, texto refundido 1124/1965.
Cabe destacar que en cuanto a la indemnización los primeros tres días son pagados por el empleador y deben ser pagados con el salario de facto, esto quiere decir, con pensión completa para los colaboradores convivientes. Por otro lado, a partir del cuarto día siguiente al del accidente y hasta la recuperación, el INAIL está obligado a pagar una dieta diaria que incluye días festivos y manutención/alojamiento para los convivientes equivalente a: 60% del salario convencional durante los primeros 90 días naturales y el 75% del salario convencional a partir del 91° día natural.