El inquilino no está obligado a dar explicaciones sobre su decisión de abandono del inmueble
Quien firma un contrato de alquiler puede hacerlo en función de las necesidades que requiera en el momento, sin embargo, estas pueden cambiar incluso después de un tiempo. Al respecto, el arrendador que pretenda desistir del contratto, deberá esperar a que éste expire avisando con seis meses de antelación; por el contrario, el inquilino puede hacerlo en cualquier momento. A continuación, cuáles son las condiciones para efectuarlo correctamente.
En general, el Tribunal de Casación ha manifestado que el inquilino puede rescindir del contrato de alquiler solo si existen motivos graves. Las razones de ello deben ser:
- Derivados de la celebración del contrato: es decir, el inquilino no podía conocerlos en el momento de firmar el contrato de arrendamiento.
- Imprevisible: en comparación con el momento de la firma del contrato de alquiler.
- Independiente de la voluntad del inquilino: Quien haya realizado una solicitud expresa de transferencia a su empleador no puede solicitar el retiro del alquiler.
- Objetivamente gravoso: Es decir, los motivos deben hacer extremadamente difícil que una persona media la continuación del contrato.
Estas razones grabes no pueden resolverse en una valoración unilateral del inquilino sobre la conveniencia o no de mantener el contrato. En cambio, todas aquellas situaciones imputables a la falta de mantenimiento del apartamento por parte del propietario, también se deben a motivos graves.
Asimismo, los motivos por los cuales el inquilino puede desistir del alquiler son los siguientes: ampliación de la unidad familiar, traslado de trabajo a muchos kilómetros de la antigua sede, despido, compra de una vivienda en la que el inquilino pretende vivir, mudarse a otra ciudad, vecinos ruidosos y presencia de barreras arquitectónicas que no permitan al inquilino llegar a su apartamento.