Si un ciudadano extranjero o apátrida contrae matrimonio con un ciudadano italiano puede solicitar la cittadinanza italiana tal como lo establece el art. 5 de la Ley N°91. Sin embargo, existen algunas condiciones que deben cumplirse para ser concedida la cittadinanza italiana al cónyuge solicitante.
- Haber residido en Italia por lo menos dos años después de la fecha de matrimonio.
- En caso de haber residido en el extranjero, debe permanecer por lo menos tres años después de la fecha del matrimonio.
Nota: Estos tiempos son reducidos a la mitad en caso de haber hijos nacidos o hijos adoptados por ambos cónyuges.
Mencionar también que, para los cónyuges de ciudadanos que han adquirido la cittadinanza por naturalización, el cómputo del plazo es de dos años de residencia legal o tres años en el extranjero para comenzar a partir de la fecha de la adquisición de la cittadinanza italiana del cónyuge.
¿Dónde solicitar la cittadinanza italiana por matrimonio?
Si el extranjero reside en Italia, la solicitud deberá presentarse ante la Prefectura del lugar de residencia. Pero si el extranjero se encuentra residiendo fuera de Italia, dicha solicitud deberá presentarse ante la autoridad diplomática competente.
Documentos necesarios para realizar la solicitud
La solicitud debe ser presentada completando el siguiente formulario correspondiente: Formulario A art. 5
Para lograr su aceptación, la solicitud deberá estar acompañada de lo siguiente:
- Marca desde los 16,000€.
- Certificado de nacimiento completo.
- Certificado penal del país de origen y/o de cualquier tercer país de residencia.
- Permiso de residencia (permesso di soggiorno).
- Certificado completo de matromonio.
- Estado familiar con autocertificación.
- Certificado de residencia histórica con autocertificación.
- Certificado de reconocimiento de la condición de refugiado o apátrida.
- Recibo de pago por contribución de 250.00€ a pagar por correo mediante comprobante de pago específico.
No olvidar que todos los documentos extranjeros deberán estar traducidos al italiano y ser legalizados. Este último puede realizarse con Apostilla o sin Apostilla, dependiendo si el país de origen ha firmado o no el Convenio de la Haya de 1961.
Traducción de documentos
- Traducción al extranjero: Si es realizado en el país de origen, el traductor debe ser reconocido y autorizado por la Representación italiana. Una vez traducidos los documentos, deberán ser legalizados por la Representación italiana.
- Traducción en Italia (solo en caso de acuerdos bilaterales): El traductor no puede ser el propio interesado ni siquiera un miembro de su familia. La traducción deberá ser certificada ante el Tribunal Civil de la ciudad donde reside el extranjero en Italia.