Conozca cuáles son los perjuicios a cargo del arrendatario
Existen oportunidades donde el inquilino de una vivienda alquilada no devuelve el apartamento en el momento y la forma en que debería hacerlo, esto puede suceder porque a pesar de la cancelación del arrendador, éste no devuelve las llaves de la casa o, al devolverlas, deja el inmueble lleno de muebles que son difíciles desmontar y transportar. La jurisprudencia equipara esta situación a la no devolución del inmueble y permite que el propietario pueda reclamar una indemnización.
Para tener claro ello, han establecido dos importantes principios:
- Aunque el contrato de arrendamiento haya expirado, el importe de la indemnización podrá cuantificarse según el valor de la renta prevista en el contrato.
- El daño sufrido por el arrendador por la no entrega y/o devolución de la vivienda alquilada se presume, o sea, no debe ser objeto de prueba específica.
Para cuantificar el daño, el juez puede utilizar parámetros del llamado “daño figurativo”, como por ejemplo el valor de alquiler de un inmueble. Asimismo, si el contrato no existió o fue nulo, el juez tiene la posibilidad de ceñirse a los valores del mercado. En caso de haber ocupación sin contrato, el propietario puede ejercer la acción de restitución para obtener la devolución del inmueble y solicitar la reparación del daño sufrido.
No olvide tener en cuenta que para maximizar la posibilidad de éxito ante un tribunal, es importante recopilar y conservar todo tipo de evidencia relacionada con la ocupación sin título de propiedad, como contrato de alquiler vencido, comunicaciones con el inquilino y documentación relacionada con el pago de cargos por servicios.