La adquisición de la cittadinanza italiana no es automática, es necesario seguir un proceso
La obtención de la cittadinanza italiana para los hijos adultos de ciudadanos que se han convertido en italianos no es automática. En virtud del art. 14 de la Ley núm. 91/1992, adquieren automáticamente la cittadinanza tras la concesión del decreto de naturalización y ceremonia de juramento de los padres.
Este procedimiento se rige bajo el artículo 9, apartado 1, letra b. que prevé que la cittadinanza debe ser concedida “a un extranjero mayor de edad adoptado por un ciudadano italiano que haya residido en el territorio durante al menos cinco años después de la adopción”.
Por lo tanto, el hijo adulto no adquiere la cittadinanza italiana a través del progenitor naturalizado, sino que deberá presentar su propia solicitud independiente adjuntando el certificado de cittadinanza italiana del progenitor que se ha convertido en italiano.
Cabe destacar que será necesario demostrar disponibilidad económica procedente de fuentes legitimas. En caso el solicitante no reciba ningún ingreso o sus ingresos no son suficientes, la ley permite la acumulación de ingresos con miembros de la familia que conviven.