El funcionario civil deberá verificar previamente el aspecto de convivencia, requisito que se llevará a cabo de la mano con la Questura
El art. 14 de la ley n. 91/92 en Italia establece que los hijos menores de quien adquiere la cittadinanza italiana, en caso vivan con él, adquieren este documento. Sin embargo, al llegar a la mayoría de edad tienen la posibilidad de renunciar a ella si estuvieran en posesión de otra cittadinanza.
Es decir, la cittadinanza italiana se adquiere automáticamente si el hijo menor del padre que adquiere o readquiere la cittadinanza italiana vive con el padre en el momento que adquirió la ciudadanía. Para que el progenitor convertido en italiano pueda transmitir la cittadinanza a su hijo, es necesario que cumpla con tres requisitos:
- La relación de filiación.
- La minoría de edad del niño.
- Convivencia con los padres.
La verificación de la convivencia puede ser realizada por la Questura tras la comunicación de incoación del procedimiento. En este caso, el funcionario del estado civil pedirá la policía que verifique la convivencia real, entendida como convivencia del menor con su progenitor.
Por otro lado, también será necesario presentar:
- Certificado histórico de residencia y de familia en la fecha de juramento prestado por el progenitor que adquirió la cittadinanza italiana.
- Certificado de nacimiento original del niño, traducido y legalizado a través de la representación consular italiana en el extranjero o mediante la colocación de la Apostilla para países con Convenio de la Haya de 1961.
Cabe destacar que la ley no exige la residencia del menor, por lo tanto, solo la convivencia podría representar un elemento positivo, pero que no excluye la carga de verificar la situación existente.