Ciudadanos latinos podrán solicitar la entrada por tratamiento médico en las respectivas Embajadas o Consulados de Italia ubicados en su país de origen.
Primero, es importante conocer previamente el documento que se debe gestionar. Por ello, te comentamos que la entrada por tratamiento médico (visto di ingresso per cure mediche) es una autorización que te permite el ingreso a Italia para una estancia de corta o larga duración, siempre por un plazo determinado, a ciudadanos extracomunitarios que necesiten someterse a tratamientos médicos en centros acreditados. Hospitales italianos, públicos o privados.
Asimismo, tienes que saber que la documentación está respaldada por el artículo 36, apartado 2 de la Ley Consolidad de Inmigración, el cual establece que se puede emitir la entrada a Italia para recibir un tratamiento médico que no esté disponible en su país de origen.
De esa manera, se puede ordenar el traslado de un paciente de origen extranjero a territorio italiano por razones de salud.
Como es costumbre, Conquista Latino te dará a conocer una serie de pasos a fin de gestionar la entrada para tratamiento médico. Si deseas conocer los requisitos necesarios que se deben presentar a la Embajada o Consulado de Italia de tu país de origen, te los presentamos a continuación.
¿Qué documentos debo presentar para obtener el visto di ingresso per cure mediche?
1. Formulario de solicitud de entrada.
2. Fotografía reciente.
3. Documento de viaje válido con vencimiento de al menos tres meses.
4. Documentación médico-sanitaria que incluya:
a) Documentación médica emitida en el país de residencia que certifique el malestar que posee.
b) Declaración del establecimiento de salud público o privado italiano (este último debe estar acreditado por el Servicio Nacional de Salud de Italia) que indique el tipo de tratamiento, fecha de inicio, duración y costo.
c) Certificación del establecimiento de salud italiano que confirme el depósito de al menos el 30% del costo del servicio solicitado.
5. Documentación que acredite la disponibilidad en Italia de recursos suficientes para el pago de los gastos sanitarios residuales, la alimentación y el alojamiento fuera del establecimiento sanitario, y para la repatriación de la persona asistida y de cualquier acompañante.
6. Seguro de salud para eventuales acompañantes de enfermos, con una cobertura mínima de 30 mil euros, que cubra los gastos necesarios de hospitalización de urgencia y los gastos de repatriación.
7. Reserva o billete de ida y vuelta o prueba de disponibilidad de medio de transporte personal, incluido el acompañante.
Recuerda que, debido a acuerdos locales específicos aprobados por la Comisión Europea, es posible que los documentos solicitados sean total o parcialmente diferentes de los que hemos enumerado.
Siempre recomendaremos que te pongas en contacto con la Embajada o Consulado italiano competente para obtener la información.