Dado que la defensa en Italia es un derecho previsto por la Constitución, el sistema italiano prevé la llamada asistencia jurídica gratuita. Esto se aplica a todos aquellos que no tengan una buena posición económica. Los honorarios del abogado serán pagados directamente por el Estado. La pregunta es ¿este es un beneficio al que también pueden acceder los extranjeros? Entérate aquí
La respuesta es sí: este derecho también incluye al ciudadano extranjero. Todos pueden beneficiarse del mismo derecho que los ciudadanos italianos. De esta forma se puede tener acceso a este servicio tanto en el curso de procesos penales, como en procesos civiles, laborales, administrativos y tributarios.
El único requisito que se pide es que el extranjero sea “residente legal en el territorio nacional al tiempo de establecerse la relación o el hecho objeto del proceso”. Por esto se entiende, en el sentido más amplio del concepto, también al extranjero que tiene en curso un procedimiento administrativo y/o judicial, cuyo resultado puede dar lugar a la expedición del permiso de residencia (permesso di soggiorno).
Para acceder a la asistencia jurídica gratuita se requiere una base imponible anual no superior a 11 mil euros. El cálculo de la renta también incluye la fuente económica sobre la que no se paga el IRPEF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), por ejemplo la renta de ciudadanía.
En el caso de extranjeros, sin embargo, tal como prevé el acto refundido, es importante que los interesados reciban una certificación de las autoridades consulares que acredite la autenticidad de los ingresos indicados en la solicitud de defensa legal.
Para los litigios civiles, la demanda se presenta ante la Secretaría del Consejo de la Orden de los Abogados en cuyo distrito tiene su sede el juez competente en el caso.
Para los casos penales, la solicitud de admisión a la justicia gratuita, debe presentarse en el registro del magistrado ante el cual está pendiente el proceso.