El trabajador doméstico debe tener un contrato para pactar el acuerdo con el datore
La contratación de un trabajador doméstico, como los colf y los badante, por lo general, son oficios donde el empleado suele vivir bajo el mismo techo que el datore; sin embargo, ¿en qué situaciones esto es necesario? En esta nota se averiguará.
Como ya se sabe, este empleo, al igual que muchos, cuenta con un contrato que estipula el tipo de relación que el trabajador doméstico tendrá con el datore durante su servicio y también las labores a las que se dedicará.
Dicho contrato también se encarga de dictaminar el esquema laboral del trabajador doméstico, entre las cuales, figura si este realizará su empleo cama afuera o en convivencia; inclusive, indica sus tiempos de descanso y horarios del empleo.
En el caso de tratarse de un trabajador doméstico inmigrante que no cuenta con ninguna residencia en Italia, la convivencia se convierte en algo obligatorio tanto para el datore, como para el empleado si se desea concretar la relación laboral.
Se realiza de este modo para efectos del registro del INPS (Istituto Nazionale della Previdenza Sociale); esta obligación aplica también para los trabajadores que culminaron su contrato con su anterior datore y se pasa a uno nuevo.
Como se indicó anteriormente, el contrato estipula los horarios del empleado, indiferentemente de si el trabajador es conviviente o no y se organizará con un promedio de 54 horas al tratarse de un servicio de horario completo o 30 horas si es medio tiempo.
Cabe resaltar que, la contratación del trabajador doméstico se puede realizar sin un contrato de por medio; no obstante, de no hacerlo, este empleado pasaría a laburar de manera ilegal y esto supone riesgos si se descubre, tales como una sanción al trabajador de hasta 43.200 euros e incluso podría ir a la cárcel hasta por un año.