El empleador debe observar que la denuncia no se trate por objetivos secundarios
A partir del 17 de diciembre será obligatorio cumplir con la denuncia de irregularidades en el entorno empresarial, sobre todo en las organizaciones que cuentan con más de 50 empleados. A continuación, de qué trata y cómo actuar frente a ello.
Se trata de una denuncia estrictamente anónima que realiza un empleado en relación con cualquier infracción que se dé dentro de una empresa. En concreto, es necesario adaptar los canales empresariales para facilitar los reclamos, tal como lo regula una directiva europea.
Además, es importante precisar que el canal de comunicación debe tener elementos clave para facilitar su uso. Por lo tanto, se debe garantizar a toda costa el anonimato del autor, teniendo en cuenta las posibles persecuciones.
Cabe destacar que estos derechos también conciernen a los trabajadores autónomos. Se trata, por tanto, de sujetos no asalariados que cuentan con una relación de colaboración o asesoramiento con una determinada empresa.
Asimismo, bajo ningún sustento el empleador podrá proceder de las siguientes maneras contra la persona que denuncia:
- Despido.
- Suspensión.
- Degradación de rango.
- Falta de promoción.
- Transferir.
- Cambio de trabajo.
- Cambio de horario de trabajo.
- Acoso.
- Ostracismo.
- Trato desfavorable.
Finalmente, el decreto especifica los riesgos que corre una empresa en caso de incumplimiento de las indicaciones antes mencionadas, se trata de multas que oscilan entre los 10.000 y 50.000 euros según los casos.