El impago permite que el trabajador emprenda acciones civiles contra el datore di lavoro
La falta de pago de salario no constituye un delito en Italia, salvo que se hayan pagado al INPS cotizaciones a la seguridad social por un importe superior a 10.000 euros. No obstante, este impago permite al trabajador emprender acciones civiles contra el datore di lavoro dirigiéndose a través de su abogado, al juez del tribunal ordinario.
El abogado podrá orientar al lavoratore pidiendo en primera instancia que le muestre su contrato de trabajo y le aconsejará que emprenda acciones legales. Se trata de una sentencia contra la empresa para el pago de cantidades adeudadas, los cuales se dictan en un plazo máximo de tres meses desde la solicitud.
A continuación, será necesario notificar la medida cautelar a la empresa con una orden de pago en un plazo de 40 días. En caso contrario, se embargarán los bienes como una cuenta corriente o cualquier otro inmueble. Sin embargo, si no el lavoratore no cuenta con contrato regular y ha trabajado ilegalmente, no puede activar el proceso de cesación.
Si a pesar de ello la empresa desiste de realizar el pago, puede iniciar el embargo. En esta etapa es fundamental conocer los bienes del deudor y para notificarlos el abogado podrá pedirle al funcionario judicial que se conecte al Registro Tributario una base de datos de la Agenzia delle Entrate que revela los ingresos, los bienes y las cuentas bancarias de todos los contribuyentes.
En caso el lavoratore quiera actuar de forma más inmediata puede contactar al Ispettorato Territoriale del Lavoro. Allí podrá solicitar dos actividades diferentes:
- La activación de un intento de conciliación ante los representantes sindicales del lavoratore y el datore di lavoro con el fin de llegar a un acuerdo.
- La activación de una conciliación monocrática. Esto se lleva a cabo ante un inspector que habiendo comprobado el incumplimiento del datore di lavoro, impone sanciones económicas elevadas.
Es importante tener en cuenta que tanto la conciliación ante representantes sindicales como la conciliación monocrática no requiere la asistencia de un abogado.