El matrimonio falso o «matrimonio simulato» significa, en simple, que nos casamos sin amor. Es una simulación que se da cuando dos personas se casan aunque no tengan intención de estar juntas ni de tener hijos. Las razones para esta unión matrimonial pueden ser muchas: obtener la ciudadanía, un permiso de residencia, acceder a la adopción, aprovechar beneficios fiscales, y un largo etcétera.
Para poder hablar de un matrimonio falso es necesario que ambos cónyuges estén de acuerdo en realizar algo como esto. Para que se entienda, no hay simulación si solo uno de los cónyuges oculta el doble propósito sin exteriorizar también esta voluntad al otro. En consecuencia, como veremos en breve, en ese caso el matrimonio no puede ser impugnado.
No obstante, en cualquier otra situación, y con base en la ley, el matrimonio falso es válido. Sin embargo, los cónyuges pueden interponer un recurso para que se declare la nulidad del matrimonio. Existen, por supuesto, ciertos requisitos.
¿Qué se necesita para cancelar un matrimonio falso?
La simulación puede probarse mediante testigos, documentos, etc. Corresponde entonces al juez evaluar las pruebas presentadas. En ese sentido, tendrás que probar por cualquier medio lo siguiente:
- El acuerdo, concluido antes de la boda, donde se detalla la intención de simulación.
- El hecho de no haber convivido con tu cónyuge inmediatamente después de la celebración del matrimonio.
- El recurso de nulidad debe presentarse dentro del año siguiente al día en que se dieron el «sí, acepto».
- Es necesario que los cónyuges, además de haber consumado el matrimonio, hayan asumido los derechos y obligaciones recíprocos, esto es, fidelidad, colaboración, asistencia moral y material.
¿Cuándo no se puede cancelar el matrimonio falso?
Los cónyuges no pueden impugnar el matrimonio simulado en el caso de «reserva mental», es decir, cuando uno de los cónyuges expresa el consentimiento nupcial , pero en realidad la finalidad es invalidar el matrimonio sin el conocimiento del otro. En aras de la exhaustividad, debe decirse que un matrinio religioso sí puede ser viciado unilateralmente por «reserva mental». Pero la nulidad es válida solo para la Iglesia, es decir, no tendrá efecto en el Estado italiano a menos que se active el procedimiento de deliberación en el Tribunal de Apelación territorialmente competente.