El aumento salarial para algunas categorías de trabajadores en julio, podría alcanzar los 300 euros; sin embargo, este será puntual, es decir no será una medida estructural. Establecidos el pasado mes de marzo, estos aumentos se extenderán hasta el 31 de marzo de 2027.
Aquellos trabajadores que serán beneficiarios de esta medida, serán aquellos que poseen un convenio colectivo nacional de trabajo en el sector terciario, en el comercio, distribución y servicios de Confcomercio. No obstante, existe un requisito fundamental que debe respetarse: estar contratado antes del 22 de marzo de 2024. Esto significa que cualquier persona contratada después de esa fecha quedará excluida de la medida.
El aumento salarial, 350 euros brutos que netos se convierten en aproximadamente en 300 euros, no se producirá en una solución única, sino que se dividirá en dos tramos distintos: el primer de 175 euros, hará “más pesado” el sueldo de julio 2024; pero el segundo es el de julio de 2025. Sin embargo, la consistencia del aumento dependerá del nivel de clasificación del trabajador:
- Los ejecutivos tendrán un incremento de 607,62 euros, repartidos en dos tramos 303,81 euros.
- Los empleados de primer nivel tendrán un incremento de 547,34 euros, repartidos en dos tramos de 273,67 euros.
- Los empleados de segundo nivel tendrán un incremento de 473,46 euros repartidos en dos tramos de 236,73 euros.
- Los empleados de tercer nivel tendrán un incremento de 404,68 euros repartidos en dos tramos 202,34 euros.
- Los empleados de quinto nivel tendrán un incremento de 316,22 euros repartidos en dos tramos de 141,95 euros.
- Los empleados de séptimo nivel tendrán un incremento de 243,06 euros repartidos en dos tramos de 121,53 euros.
Las categorías de trabajadores que verán en sus nóminas los aumentos previstos serán las de agentes inmobiliarios, agentes y representantes de ventas, empleados de empresas de trabajo temporal, empleados del gran comercio minorista, peluqueros y esteticistas, empleados de empresas de limpieza y Operadores de ventas.
El incremento único se suma al ya previsto por el Protocolo extraordinario de 12 de diciembre 2022 y para calcularlo exactamente, debe, por tanto, volver a prorratearse en función del servicio efectivamente prestado entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de marzo de 2023: esto significa que la cantidad no es la misma para todos.
Los aprendices también se beneficiarán de los aumentos, y serán proporcionales al tratamiento económico previsto por el Ccln de 30 de julio de 2019. Lo mismo ocurre con los trabajadores a tiempo parcial, para quienes el importe adeudado será proporcional a las horas efectivamente trabajadas.