El plazo para dar cumplimiento al pago del anticipo del IMU para el año 2024 se fijó el pasado lunes 17 de junio, esto debido a que el día 16 en el que habitualmente se programa el plazo, cayó en domingo. La cita para el balance será, como es habitual, el 16 de diciembre.
No obstante, existen casos en los que es necesario intervenir fuera de estas fechas, y esto puede ocasionarse, por ejemplo, si el contribuyente se da cuenta de que ha pagado una cantidad superior a la adeudada. Cualquiera que sea el motivo de este error, el ciudadano tiene derecho a presentar una solicitud para obtener la devolución del IMU indebido ya pagado o de la parte pagada en exceso respecto de la parte adeudada.
Para entender cuando no vence el IMU, debemos hacer un breve resumen de quién debe pagar. El impuesto se aplica a quienes poseen edificios distintos de la residencia principal, viviendas principales de las categorías de lujo A/1, A/8 y A/9, superficies edificables y terrenos agrícolas. En concreto, el IMU es obligatorio para los propietarios de edificios, edificaciones y terrenos, para los titulares de un derecho real de usufructo, uso, residencia, superficie, para el cónyuge adscrito al domicilio conyugal tras una separación, siempre que estemos hablando de viviendas de categoría A/1, A/8 y A/9. Para los concesionarios en el caso de concesión de áreas de propiedad estatal y para el arrendatario de inmuebles otorgados en régimen de arrendamiento financiero incluso si están por construir o están en proceso de construcción.
En el caso de que se pague el IMU incluso si no se entra en estas categorías o se paga un monto superior al adeudado, es posible solicitar un reembolso: la solicitud debe presentarse a más tardar cinco años desde el pago o desde el momento en que se reconoció el derecho al reembolso. Uno de los casos más frecuentes que puede dar lugar a la devolución del IMU, es aquel en el que hay ocupación ilegal de un inmueble. Para que esta condición sea comprobable, se debe presentar un informe específico a las autoridades. Teniendo en cuenta lo determinado por una sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de abril, la devolución también puede tener valor retroactivo, es decir, en los casos en que, a pesar de la ocupación ilegal, el propietario haya pagado el impuesto.
Para adquirir la devolución del IMU no vencido o pagado en exceso, el contribuyente deberá aportar toda la documentación de la que surge el error. Una vez comprobado esto, el ciudadano puede presentar una solicitud de reembolso al Municipio en el que se encuentra el inmueble, indicando claramente sus datos personales, los años por los cuales solicita el reembolso y el motivo, el monto adeudado y el monto pagado erróneamente, los comprobantes de pago, la diferencia por la que se solicita la devolución y los métodos para obtener la devolución.
La solicitud deberá presentarse dentro los 5 años siguientes al pago o reconocimiento del error, mientras que el Municipio tiene la obligación de responder dentro de los 180 días desde la presentación de la solicitud, el contribuyente podrá enviar un recordatorio. La Institución deberá entonces reembolsar al ciudadano siguiendo los métodos indicados en la solicitud.