En este país, las personas que no cuenten con ingresos o estos sean bajos y nos le permiten comprar una casa o simplemente pagar un alquiler, cuentan con la opción de solicitar al municipio el acceso a viviendas sociales. Este tipo de viviendas son de propiedad estatal y que los municipios ceden a las personas que tienen dificultades económicas a un precio muy bajo y accesible.
Las personas que se ven en la necesidad de buscar este tipo de viviendas, deben solicitarlo a su municipio para que les sea otorgado una que cuente con disponibilidad. La solicitud solo podrá realizarse ni bien se publique el siguiente anuncio: “Bando per il trasferimento di alloggi pubblici residenziali”, mientras tanto, no se podrá presentar ninguna solicitud. No obstante, es recomendable te pongas en contacto con las oficinal municipales para saber si hay lista de espera por una de estas viviendas para que cuando llegue el anuncio, estés preparado para la presentación de la solicitud.
¿Cuándo es la fecha de publicación del anuncio?
La fecha de publicación varía de un municipio a otro. Por lo general, estos anuncios suelen hacerse cuando hay nuevas viviendas sociales o en caso las que ya existen han quedado libres. Por lo que es importante estar atento y consultar a la página web municipal o acudir a las ventanillas para solicitar mayor información.
Presentación de solicitud y clasificación final
La solicitud puede presentarse de manera online, pero también puedes acudir a un patronato que te ayude a presentarla, ya que está convocatoria también se encuentra abierta para los ciudadanos no europeos que cuenten con un permesso di soggiorno de larga duración o un permesso di soggiorno de al menos dos años. Junto al formulario específico a presentar, deberás incluir una copia de tu pasaporte, codice fiscale y su ISEE-ERP.
Una vez finalizada esta etapa, se publicará la lista de beneficiarios, para el listado final se tienen como prioridad a las personas que actualmente se encuentren viviendo en casa sin instalaciones sanitarias, personas que solo vivan en dormitorios o albergues, personas con discapacidad y no puedan laborar, personas cuyos ingresos anuales son inferiores a la pensión mínima del INPS, personas solas con menores a cargo.