Los representantes designados por cada condominio reciben el aviso de convocatoria de la asamblea de supercondominio
La legislación de los supercondominios es diferente a la establecida para los condominios simples, ya que en el manejo de estas áreas es importante establecer las unidades elementales que las componen. Esta particularidad afecta en gran medida el procedimiento de designación del administrador de un supercondominio. Para ello, se convoca a una “superasamblea” donde participan únicamente los delegados de cada condominio. A continuación, cuál es el procedimiento para nominar al amministratore.
El requisito previo para cada condominio es la presencia de una pluralidad de unidades inmobiliarias pertenecientes a diferentes propietarios. Si el numero de propietarios es inferior a 9, no es obligatorio el nombramiento de un amministratore.
Los diferentes condominios están vinculados entre sí por la presencia de sistemas o espacios que son compartidos y utilizables por todos, como, por ejemplo:
- El patio o jardín común.
- El camino de acceso único que conduce a los distintos edificios.
- El vallado exterior de la zona donde se ubican las distintas edificaciones.
- La portería o la caseta del personal que proporciona la tutela.
- La plaza del garaje cuando esté dividida en garajes individuales.
La asamblea de cada condominio deberá designar con la mayoría numérica de los presentes que representen por lo menos las dos terceras partes del edificio, su propio representante en la asamblea. Si la asamblea no lo hiciere, cada participante tendrá la posibilidad de solicitar que la autoridad judicial nombre al representante de su condominio.