Los objetos falsificados además de tener una calidad inferior, también pueden suponer un peligro para quienes lo consumen o utilizan
La falsificación de productos u objetos compite deslealmente con los negocios regulares y puede traer consecuencias de pobreza en el país. Este fenómeno puede afectar al rubro de los juguetes, alimentos, bebidas, medicamentos, cigarrillos, electrodomésticos de uso común, repuestos de automóviles, entre otros.
Las sanciones previstas por la legislación son muy severas y prevén el embargo de los bienes vendidos o comprados:
- Compra de productos falsificados o incluso no falsificados vendidos ilegalmente: Denuncia penal por el delito de receptación (artículo 473 del código penal) o multa administrativa de 1.000 euros (por la infracción del 1 párrafo 7 del decreto Ley N° 35/05 convertido en Ley N° 80/2005 y luego modificado por la Ley N° 49/06).
- Venta de productos falsificados o no falsificados: Denuncia penal por el delito de recepción de bienes robados (artículo 473 del código penal) o infracción de las normas comerciales (artículo 29 del decreto legislativo 114/98) que prevé una multa administrativa de 5.164 euros.
Los equipos domésticos mal aislados, un juguete construido con materiales inadecuados, un medicamento de principio activo, un repuesto de automóvil no conforme representa peligros para la vida y la salud de las personas que los utilizan.